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Pago del CAE

Plazos

Existen tres plazos: 10, 15 y 20 años, dependiendo de la duración de tu carrera, del nivel de estudios en que te encuentres, del monto total que adeudarás por concepto de CAE. A menor monto, el plazo que corresponde es menor:

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Cobro

Existen 2 instancias en las que se hace efectivo el cobro del CAE:

  1. Egreso: Cumplidos 18 meses desde el egreso de la carrera, lo que es informado por las Instituciones en el mes de marzo de cada año.
  2. Deserción Académica: Si el alumno no suscribe contrato en alguna de las Instituciones pertenecientes al sistema de financiamiento CAE durante 2 años consecutivos, es declarado con deserción. En tal caso, el cobro de la deuda se hará efectivo en el mes de octubre del segundo año sin matrícula informada.
 
 
Obligaciones y seguros
El pago del CAE es de responsabilidad del deudor, en este caso el alumno, razón por la cual debe informar cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la vigencia del mismo. No recibir los avisos de cobro no exime de la obligación de pago, por lo que debe mantenerse el contacto con el banco que entrega el financiamiento.
El CAE incluye seguros de desgravamen e invalidez sin costo para el alumno, por lo cual frente a un evento de fallecimiento o invalidez permanente del alumno, la familia de este no debe hacerse cargo del pago del CAE.
 
Beneficio por cesantía - tasa de interés
El CAE dentro del marco legal de la Ley 20.027 considera un beneficio de suspensión de pago en el caso de que el deudo (alumno) se encuentre cesante. En este caso puede suspender el pago de su CAE hasta por un máximo de 12 meses. Lo cual puede realizarse una sólo vez o por períodos fraccionados que en total no excedan los 12 meses.
Comisión Ingresa es la Administradora del Sistema de Créditos con Garantía Estatal, por lo cual es el organismo que determina anualmente la tasa de interés. A partir del año 2012, la tasa de interés es de un 2% + UF.