Martes 17 de Junio de 2014
Francisco León destacó el derecho del paciente a dar consentimiento informado o denegarlo ante un tratamiento que sólo vaya a prolongar su vida, pero no a curarlo.
El simposio abordó dos grandes temas: la medicina en el origen de la vida, donde se reflexionó sobre eugenesia, aborto terapéutico y cirugía fetal; y la muerte digna, que discutió sobre el encarnizamiento terapéutico, la orden de no reanimar y el suicidio asistido, entre otros.
Francisco León se refirió a los derechos del paciente que contempla la Ley 20.584, de recibir información, dar consentimiento informado o denegarlo ante un tratamiento, y de rechazo de tratamientos al final de la vida que solamente vayan a prolongarla innecesariamente.
"No hay que confundir el rechazo a un tratamiento o las voluntades anticipadas con la eutanasia. Un paciente puede tener motivos éticos fundamentados para rechazar un tratamiento, al igual que puede haber motivos muy válidos para que el equipo médico tome una decisión, junto con el paciente y su familia, para limitar el esfuerzo terapéutico. Cuando ya no es posible curar, el médico debe cuidar y acompañar al enfermo, y proporcionar cuidados paliativos, que es un derecho que aparece también en la ley", indicó el director del Programa de Bioética de Facsalud.
De acuerdo al académico, es importante humanizar la atención y los cuidados del enfermo al final de su vida, y no siempre lo mejor es el ingreso en una Unidad de Cuidados Intensivos. "Si ya no se puede curar, una alternativa es que el paciente pueda pasar los últimos momentos de su vida en su casa, rodeado de los suyos, con los cuidados necesarios de salud. Para esto, hace falta desarrollar unidades de cuidados paliativos con atención domiciliaria", finalizó.