Click acá para ir directamente al contenido

Ministro de Justicia: entrevistado por la Revista Derecho Noticias

Teodoro Ribera, Ministro de Justicia:

"Nuestra justicia civil actual, es una justicia congestionada..."

El Secretario de Estado hizo un espacio en su nutrida agenda de actividades para conversar con la Revista Derecho Noticias y analizar la reforma al sistema procesal civil. Con una mirada crítica a la actual justicia, advierte sobre los desafíos que implicará su puesta en marcha, los que, en todo caso, no son menores.

Por: Daisy Castillo Triviños

"Es paradójico –y esto lo sincera el propio mensaje del proyecto- que la reforma al procedimiento civil, que está llamado a ser el procedimiento general y supletorio de todos los demás, haya quedado para el final". Así, con esta afirmación, el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera se refiere a la reforma a la justicia civil, materia que está en plena discusión en el Congreso Nacional.

El Secretario de Estado sostiene que el actual sistema presenta "impresentables demoras en los tiempos de respuesta" y está "absolutamente lejana al ciudadano". Por ello, sostiene, es necesario apostar por nuevos cambios y poner a disposición de la sociedad, de todos los chilenos, una justicia más próxima y eficiente.

- ¿Cómo calificaría el actual sistema de administración de la justicia civil en el país?

La calificación –que no se la doy yo, sino que está a la vista, y así lo indican todos los diagnósticos aportados por los expertos, así como los estudios realizados por el Ministerio de Justicia e instituciones ligadas a la investigación jurídica- es la de un sistema de enjuiciamiento civil y comercial colapsado, con altos niveles de retraso y, además, con un altísimo número de ingresos de causas que aumentan año a año, especialmente con la presentación de demandas de cobro ejecutivo y preparaciones de la vía ejecutiva, muchas de las cuales aunque no se tramitan, sino que sólo quedan ingresadas en el sistema, igualmente contribuyen a la recarga de éste.

- ¿Cree que el procedimiento es rápido, eficiente y cercano a los usuarios?

Al contrario, si tuviera que caracterizar en pocas palabras a nuestra justicia civil actual, diría que ésta es una justicia congestionada, con impresentables demoras en los tiempos de respuesta, absolutamente lejana al ciudadano y con un importante predominio de la forma por sobre el fondo.

- ¿Cuáles son, a su juicio, los principales motivos que obligan a modificar los procedimientos vigentes de la justicia civil?

Son varios los puntos desde los cuales se puede enfrentar esta pregunta. Sintetizando, diría, en primer lugar, que el actual Código de Procedimiento Civil -vigente desde 1903- regula procedimientos e institutos procesales anacrónicos, propios de la realidad política, social y económica del Siglo XIX. Dicha obra, por lo tanto, no se aviene con los avances de la ciencia procesal experimentados a lo largo del Siglo XX y principios de este siglo, ni por consiguiente con las necesidades actuales de los justiciables. En otras palabras, se trata de un cuerpo normativo completamente descontextualizado.

A ello se agrega la incoherencia que representa el actual Código de Procedimiento Civil con los modernos avances en los otros sistemas procesales nacionales ya reformados, respecto de los cuales aquél ha devenido en una grave obsolescencia que hace aún más urgente su renovación, máxime si se considera que está llamado a ser el régimen procesal general y supletorio de todos los demás.

Además están las cifras, que son lapidarias. Si se analiza el tipo de asuntos que conocen nuestros tribunales de justicia, se puede constatar un predominio casi absoluto de los juicios ejecutivos y de las gestiones preparatorias de la vía ejecutiva. A estas categorías corresponde cerca del 90% del total de asuntos que ingresan a nuestros tribunales de justicia civil. Cuando hablamos de juicios ejecutivos o de gestiones preparatorias de la vía ejecutiva, estamos hablando de asuntos que involucran casi exclusivamente tareas administrativas, como embargos, remates, etc., tareas todas que obligan al juez a desatender su función principal, cual es la de resolver conflictos de relevancia jurídica, aplicando el derecho al caso concreto.

Si a ese casi 90% se le agrega el 5% que representan los asuntos voluntarios (o sea, aquéllos en que no hay contienda entre partes), podremos hacernos una idea del tipo de trabajo que tiene sobrecargado a nuestros tribunales de justicia: las cobranzas y los asuntos no contenciosos.

-La duración de los juicios también es un factor que no contribuye a agilizar el proceso...

Es también un tema importante a considerar. Actualmente, un juicio ordinario tarda más de dos años en obtener sentencia definitiva de primera instancia y, de mediar apelación –como ocurre en la inmensa mayoría de los casos- la experiencia demuestra que deberán transcurrir otros dos años para obtener una sentencia definitiva de segunda instancia.

Un juicio ejecutivo, en tanto, durará más de 520 días si no hay oposición y, si la hubiera, ese tiempo aumentará a 1.070 días.

Y, si hilamos más fino, tenemos que decir que, increíblemente, en 2011 sólo el 0,65% de los juicios ejecutivos terminó por sentencia, el 3,8% terminó por pago del crédito y cerca del 91% no recibió tramitación alguna, pues al ejecutante sólo le interesó ingresar su demanda al sistema, para efectos no jurisdiccionales.

- El sistema civil es el único ámbito jurídico que se encuentra todavía bajo la lógica de un sistema procesal antiguo. Esto sucede, ¿por falta de interés en abordar el tema con anterioridad?, ¿se pensaba que todo funcionaba perfectamente y en los tiempos establecidos?

No, claramente no se debe a una falta de interés o que se entendiera que todo funcionaba perfectamente. Se debe entender que la reforma procesal civil es parte de la gran reforma de los sistemas procesales, que comenzó con la reforma al sistema procesal penal, vigente desde diciembre de 2000 y ésta, la civil, viene a culminar un ciclo de transformaciones. Desde entonces, era comprendido que la reforma a la justicia civil se acercaba, en los mismos términos y siguiendo los mismos principios de transparencia, concentración, inmediación y oralidad de las demás reformas.

Es paradójico –y esto lo sincera el propio mensaje del proyecto- que la reforma al procedimiento civil, que está llamado a ser el procedimiento general y supletorio de todos los demás, haya quedado para el final. Sin embargo, ello se debe a la enorme complejidad que reviste una reforma de esta naturaleza, cuestión que obedece, entre otras, al carácter de subsidiariedad y supletoriedad de los demás asuntos de que conocen nuestros tribunales de justicia.

Como señalé, esto lo reconoce el mensaje del Código proyectado, donde se señala que este sistema procesal civil ha sido "indebidamente postergado", y que los "nuevos y modernos sistemas de enjuiciamiento han evidenciado la enorme brecha con la actual reglamentación del proceso civil".

- ¿Esta reforma implicará nueva concepción del sistema de enjuiciamiento civil?

Una reforma judicial de esta magnitud lleva implícito un cambio de paradigma en lo que representa la manera de ejercer la judicatura.

Una administración de justicia más cercana a las personas, orientada al usuario, con altos estándares de calidad y publicidad y con un rol más activo del juez en la substanciación del proceso, no sólo son ejes que contribuirán a cambiar la aproximación de las personas a la justicia, sino que, al mismo tiempo, son demandas que se encuentran profundamente arraigadas en la ciudadanía, especialmente después de los grandes avances mostrados en la justicia penal, laboral y de familia.

Todo esto acarrea un cambio cultural, donde los ciudadanos participan del proceso, pero con el objeto de llevarlo prontamente a término y a evitar que el conflicto se eternice. El ánimo de los intervinientes en un proceso debe ser, además, completamente colaborativo. Así lo hemos transmitido en todas las instancias públicas y de debate a que hemos asistido. Ésta será una justicia donde se litiga con las manos abiertas.

- Usted comparte las opiniones que aluden a que el actual sistema es percibido como poco transparente, dotado de una excesiva escrituración, lo que favorece la delegación de funciones del juez en otros funcionarios, y en donde existen muchos procedimientos distintos para cada tipo de materia.

Absolutamente.

- ¿Qué pueden esperar los usuarios de la que podría ser la nueva justicia civil?

Con la Reforma Procesal Civil ganan todos los chilenos y chilenas en tanto garantizará el acceso a una justicia rápida, oportuna y eficaz a toda persona que tenga un conflicto civil o comercial, por menor que éste parezca o por escasa que sea la cuantía del asunto.

Cuestiones tan importantes para la ciudadanía como los problemas que cotidianamente les afectan en materia de arriendo, compraventa de bienes, cobro de deudas, cumplimiento de contratos, indemnización de perjuicios, reparación del daño causado por un delito, etc., podrán ser solucionados rápidamente y sin los altos costos que implica hoy litigar en un juicio.

Por su parte, las pymes y empresas en general se verán favorecidas por un sistema ágil en el que no deberán esperar meses, o incluso años, para el cobro de sus créditos, facilitándose las relaciones comerciales y la libre distribución de los bienes y de la riqueza, mejorando, al mismo tiempo, la percepción de nuestro país a nivel internacional. Como contrapartida de lo anterior, la Reforma aspira a poner fin al uso abusivo de los juicios de cobranza instando por una utilización responsable del sistema judicial que proteja y tutele efectivamente los derechos de todas la personas, sin importar su condición económica o social.

En suma, se trata de una reforma transversal, dirigida a toda la comunidad nacional, la que se verá enriquecida con un moderno sistema de enjuiciamiento civil que tutelará efectivamente sus derechos.

Esto significa, en pocas palabras, una justicia cercana, rápida, eficiente, accesible, transparente, moderna, al servicio del ciudadano e igualitaria.

- Una de las críticas que surgen cuando se implementan nuevas reformas es que no necesariamente el personal está capacitado para su puesta en marcha. ¿De qué manera se prevé esta situación, a objeto de evitar estancamientos?

Del mismo modo que el resto de las reformas, ésta implicará un especial esfuerzo en capacitación de los distintos actores del sistema, en especial de los jueces, pero estamos convencidos que nuestro país está a la altura cultural y profesional para estos nuevos desafíos, en especial conociendo la experiencia de la Reforma Procesal Penal, de Familia y Laboral.

Por cierto que, al igual que en las reformas anteriores, se producirán cambios que significarán readecuaciones de funciones al interior de los tribunales, para lo cual se buscará una formación y capacitación funcionaria constante y el inicio de un proceso de sensibilización permanente para motivar su participación y compromiso con el nuevo sistema.

Sin duda, los conocimientos y la expertise que actualmente poseen los funcionarios judiciales es un elemento altamente necesario para el buen funcionamiento del nuevo sistema que debe ser aprovechado.

La capacitación completa y oportuna de los magistrados y funcionarios y de los distintos actores que intervendrán en las diferentes fases de la Reforma Procesal Civil, es un tema central al cual el Ministerio de Justicia prestará especial atención realizando las coordinaciones necesarias con las universidades e institutos.

La Academia Judicial, por su parte, es la institución encargada especialmente de capacitar a los miembros y funcionarios del Poder Judicial y, por tanto, su rol será fundamental para el éxito de esta reforma.

Para afrontar los nuevos desafíos, tal como sucedió con la implementación y puesta en marcha de los sistemas procesales penal, laboral y de familia y que llevó al éxito de dichas reformas, la Academia ya está realizando modificaciones en el sistema de habilitación y perfeccionamiento de los jueces y magistrados, con miras, precisamente, a lograr una formación y capacitación efectiva que les permita asumir el nuevo y activo rol que ya desde las últimas reformas se ha venido estableciendo para la judicatura.