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Actualidad jurídica en regiones: Expertos debatieron sobre las implicancias de la sentencia en el “Caso Atala”

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En la sede de La Serena de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central se realizó un coloquio para debatir y analizar las implicancias y repercusiones del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado chileno en el conocido "caso Atala", condenándolo por no respetar el principio de igualdad y no discriminación.

En esta actividad participaron connotados abogados y académicos, como Kamel Cazor, Doctor en Derecho por la Universidad de Valladolid y académico de la UCEN; Esteban Szmulewicz, Máster en Ciencia Política por la Universidad Autónoma de Barcelona y Máster en Política Comparada London School of Economics and Political Science; Yanira Zúñiga, Doctora en Derecho por la Universidad Carlos III, y Jorge Contesse, Magíster y candidato a doctor en Derecho por la Universidad de Yale, ex director del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, y abogado de la jueza Karen Atala ante la CIDH.

Una mirada desde la perspectiva de género

Para la abogada Yanira Zúñiga, este fallo tiene implicancias desde el punto de vista del género y plantea que, "por un lado, la Corte afirma que en el sistema interamericano de protección de derechos humanos existe una clara prohibición de discriminación por razón de orientación sexual, y los Estados no pueden sustraerse a ésta, bajo el pretexto de que una determinada sociedad no ha alcanzado aún, desde un punto de vista sociológico, un nivel alto de tolerancia con la diversidad sexual". Por otra parte, comenta la especialista, "la Corte establece que la afectación del principio del interés superior de niños y niñas no puede derivarse -como lo hizo la Corte Suprema chilena-  del mero hecho de que sus padres tengan una orientación sexual determinada, sino que debe fundarse en la existencia de conductas concretas que sean acreditadas como perjudiciales respecto de los menores implicados".

Inexistencia de un concepto único de familia

La abogada, en el marco de su intervención, advirtió que "en el sistema interamericano no existe un concepto único y hermético de familia que pueda restringirse sólo a la familia matrimonial y que, por tanto, la protección de la familia y de los derechos de sus miembros alcanza a otras relaciones afectivas, como las que se dan en el marco de parejas homosexuales".

Agregó que "tales estándares fijados por la Corte Interamericana no sólo deben ser considerados por el sistema jurídico chileno respecto de futuras decisiones judiciales para casos similares, es decir, respecto de casos de tuición en que estén involucradas personas homosexuales, sino también para la regulación legislativa de los derechos de parejas homosexuales". Siguiendo con su reflexión, aseguró que "la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Atala contiene elementos que sugieren que la forma actual del proyecto de AVP (Acuerdo de Vida en Pareja) -que se discute en el Congreso- no satisface los referidos estándares, puesto que dicho proyecto no reconoce a las parejas homosexuales, ni el derecho a acceder al matrimonio, ni los derechos de parentalidad, en la medida que se contenta con regular los efectos patrimoniales de las uniones de hecho".