
LA SUSPENSIÓN DE BECAS ES RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LOS ESTUDIANTES. DE NO SUSPENDER SU BENEFICIO OTORGADO POR EL MINEDUC, LO PERDERÁ SIN POSIBILIDAD DE APELAR.
Para ello, el estudiante debe tramitar debidamente la SUSPENSIÓN de su beneficio en la Dirección de Apoyo y Vida Estudiantil DAVE, ubicada en Lord Cochrane # 418, cuarto piso del Centro de Extensión, presentando la siguiente documentación.
Los beneficios educacionales que se suspenden a través de este procedimiento son los siguientes:
El plazo para la entrega de la documentación será hasta el a partir del 16 de diciembre hasta el 02 de enero del 2014.
Período de suspensión
El período máximo de suspensión de una beca de arancel, es de un año académico, es decir, dos semestres. La aprobación o rechazo de la suspensión de un estudiante depende de los antecedentes presentados y evaluados en la Institución de Educación Superior donde el becario se encuentre matriculado.
Para mayor información los estudiantes pueden escribir en la Sede Santiago aasistentesocial@ucentral.cl y Sede la Serena a kpardoc@ucentral.cl