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Chile: ¿Una mirada permisiva al matonaje escolar?

Por: Carlos Alvear. Abogado de la Universidad Central de Chile y vicepresidente de la Organización para la Cooperación y Acción Social Interamericana (OCASI).

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Tiene dieciséis años, su nombre es Yamilet y se encuentra viviendo una pesadilla  internada en el Hospital Sótero de Río producto de torturas a que fue sometida por compañeros del colegio Saint Peters College de Puente Alto, quienes la amarraron a una silla de pies y manos, le introdujeron papeles en su boca, le lanzaron limón en sus ojos y pisotearon su cuerpo hasta dañar su cráneo y dejarla internada.

Esta agresión ocurrió el lunes 19 de noviembre en el colegio antes mencionado, sin embargo, creo que todos nos hemos hecho algunas preguntas y, sino es así, es bueno reflexionar: ¿qué hizo el colegio para evitar estos actos? ¿Qué grado de responsabilidad tienen los menores agresores? ¿De qué responsabilidad responden los padres de los menores agresores?

En Chile, hay varias normas jurídicas que se ocupan de este tipo de casos. Andrés Bello, quién redactó nuestro Código Civil ideó una norma que está en nuestro Artículo 2320 del Código citado que tiene más de ciento cincuenta años y, que en esencia, dice que toda persona es responsable no sólo de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado, para después decir quienes son responsables: "Así el padre y a falta de éste la madre, es responsable del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa." "Así los jefes de colegios y escuelas responden del hecho de los discípulos, mientras están bajo su cuidado". Esta norma es ley de la República desde 1857 y, creo que muy poco o casi nada se aplica. ¿Pero qué pasa con los padres de los agresores? Sin embargo, aún así nuestra ley no estaba actualizada para sobrellevar este fenómeno social mundial, pues ya estaba siendo sobrepasada con creces por este nuevo fenómeno de relación social violenta.

Este nuevo fenómeno de violencia escolar requería una nueva norma, por ello es que desde 2011 se encuentra vigente la Ley N° 20.536 que modificó la Ley General de Educación y que introduce la figura del bullying o matonaje escolar, al consagrar mecanismos para romper el silencio. Estas normas señalan que los colegios subvencionados o que reciben aportes del Estado deberán tener un consejo escolar que promueva la buena convivencia escolar y pueda prevenir toda forma de violencia física y psicológica, agresiones u hostigamientos. Pero en aquellos colegios que no reciben aporte estatal, debe existir un Comité de Buena Convivencia Escolar.

En resumen, cada colegio debe contar con un Comité de buena convivencia escolar y un encargado de la convivencia escolar en el establecimiento. De ahí, el carácter más bien preventivo que sancionatorio de nuestra legislación.

Lo esencial es que la ley nos entrega varias definiciones, como convivencia escolar, al señalar, en términos generales, que se entiende por ésta la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa. ¿Y quiénes integran esta comunidad? Los alumnos (as) padres, apoderados, profesores, asistentes de la educación y directivos del establecimiento.

Además, nos dice que acoso escolar es toda acción u omisión (es decir, no hacer algo o dejar que ocurra) constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional, por estudiantes, que en forma individual o colectiva, atenten contra otro estudiante, valiéndose de situaciones de superioridad o indefensión del afectado, que provoque maltrato, humillación o, incluso, un fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave.

¿Qué hechos son graves? Cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa realizada por quien detente una posición de autoridad sea éste el director, profesor, asistente de la educación o, incluso, un adulto de la comunidad escolar. Los adultos tienen la obligación de informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten al estudiante y de los cuales tomen conocimiento. Todo ello, de acuerdo a un reglamento interno que cada colegio debe tener y que, por consecuencia, los directivos se deben preocupar de difundir y hacer las capacitaciones que sean necesarias. En esta línea, el artículo 175 letra E del Código Procesal Penal dispone que están obligados a denunciar  "los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel los delitos que afecten a los alumnos...".

Creo importante recalcar que en Chile desde 2005 está vigente la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente la que se encuentra en concordancia con la Convención de Derechos del Niño y que dispone que ésta se aplicará a quienes, al momento de cometer el delito sean mayores de catorce y menores de dieciocho años, los que para los efectos de la ley se consideran adolescentes. Es por ello que los menores que se encuentren en ese segmento etáreo son responsables penalmente con sanciones especiales que establece la ley. En ese contexto, hoy no existe examen de discernimiento, porque los jóvenes mayores de catorce años son considerados penalmente activos.

Por eso me pregunto, ¿cuánto hemos reflexionado sobre este problema? ¿Los colegios, las comunidades educativas han realmente realizado jornadas de capacitación y concientización sobre el bullying o solamente lo sentimos como un hecho lamentable que sale en la TV?  ¿Estamos en condiciones de entender que muchas veces no se trata de una simple jugarreta de niños?

Es importante que todos los colegios mantengan vías seguras y confiables que le permitan al alumno agredido dar a conocer su problema, puesto que este tipo de acoso es casi siempre invisible para los adultos o peor aún, se le baja el perfil al tema circunscribiéndolo a un hecho puntual. Todos los adultos deben tomar acciones para evitar que otras escolares como Yamilet terminen hospitalizadas con un futuro incierto, porque si no es así, pasamos a ser meros espectadores de estos hechos y, precisamente, muchos escolares son víctimas porque aquel que mira y no hace nada avala la agresión.