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Martes 11 de Octubre de 2022

Comunicado Comité de Salubridad

Junto con saludar cordialmente, queremos agradecer el esfuerzo de todas y todos por mantener las medidas de cuidado y auto-cuidado para abordar adecuadamente la pandemia del COVID-19, pues ha constituido un gran desafío para desarrollar las actividades estudiantiles, académicas y administrativas de la Universidad.

Es de conocimiento general que el Ministerio de Salud (MINSAL), ha implementado una serie de medidas para continuar enfrentando la pandemia del COVID-19, mediante su nuevo Plan de Apertura que comenzó a regir en nuestro país a contar del 01 de octubre de 2022.

Con ello, se da cumplimiento a la normativa legal vigente y la ley 21.342, que establece el protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria, que se mantiene hasta el 31 de diciembre del presente año. Dado lo anterior, queremos informar respecto de las siguientes medidas, tanto para las sedes de Santiago y la Región de Coquimbo:

  1. El Ministerio de Salud eliminó toda restricción sobre el uso de mascarilla, tanto en espacios abiertos, como en espacios cerrados, dejando solo la obligatoriedad de su uso en establecimientos de salud, centros médicos y para personas que presenten sintomatología relacionada al COVID-19. En tal sentido, el uso obligatorio de la mascarilla al interior de la Universidad será para quienes acudan a los siguientes centros:
  • Centro de Atención y Estudios de Terapia Ocupacional (CAETO).
  • Centro de Atención Psicológica y Estudios (CAPSE).
  • Sala de Atención Oftalmológica.
  1. La Administración de la Universidad continuará entregando mascarillas al personal, tanto académico como administrativo, que solicite su uso de forma voluntaria.

  2. Se elimina el Pase de Movilidad a partir del 1 de octubre del presente año al interior de la Universidad.

  3. Se mantendrá el control de acceso en los ingresos en cada una de las sedes para el conteo de personas y la disposición del registro de trazabilidad para poder notificar las personas contagiadas o brotes a la Autoridad Sanitaria. Asimismo, la Universidad mantendrá disponible el tótem de testeo de la temperatura para quienes lo requieran. Todo lo anterior, como mecanismo de prevención a efectos de evitar aglomeraciones y el aumento de riesgos de contagio, de acuerdo a las condiciones epidemiológicas.

  4. Se mantendrán los dispensadores de alcohol gel y señalética relacionada al COVID-19 de manera visible y accesible.

  5. Se mantendrán las medidas de sanitización periódicas de las áreas académicas y de trabajo ante eventuales contagios.
  6. Se mantendrán, de acuerdo a la ley 21.342, la definición de turnos de trabajo de carácter semi presencial y de teletrabajo para evitar contagios. También, se mantendrán las labores presenciales de carácter esencial, tal como se ha venido aplicando a la fecha.

  7. Se eliminan las limitaciones de aforo en espacios abiertos y cerrados (en estos últimos se mantendrá la ventilación cruzada). Sin perjuicio de lo señalado, se mantendrán las medidas ya aplicadas respecto del distanciamiento físico en los puestos de trabajo y en todos los lugares que se requiera de acuerdo con las características de la actividad, ya sea, servicios sanitarios, duchas, casinos, cafeterías y vías de circulación.

  8. En caso del consumo de alimentos o bebestibles derivados de actividades como celebraciones, inauguraciones, académicas o similares (coffee), se recomienda que se realice de manera individual en espacios habilitados y ventilados.
  9. En caso de que la Autoridad Sanitaria disponga de otras medidas en uso de sus facultades reglamentarias, estas serán revisadas, informadas e implementadas inmediatamente para dar cumplimiento a la normativa legal vigente, conforme sea la evolución de la pandemia.