Reglamento de Biblioteca

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Destacamos del reglamento:

Horario de devolución de los préstamos a domicilio.
Jornada diurna: antes de las 13.00 horas.
Jornada vespertina: antes de las 20.00 horas.
(art. 29)

La devolución posterior a dicho horario significará un día de atraso.
(art. 48)

El valor de la multa es de $300 y considera los días de lunes a sábado.
La multa se establece sobre la base del número de días de atrasos y se calcula por cada uno de los libros por separado. Vale decir, si el retraso es por un día y el usuario tiene dos libros la multa será de $600.
(art. 46)

La multa por el retraso de un libro prestado en consulta y no devuelto durante el mismo día es de 0.5 UF (media UF) por cada día que mantenga en su poder el material bibliográfico.

Los alumnos que registren multas pendientes, no podrán retirar libros en consulta o a domicilio.

Las renovaciones de los préstamos a domicilio, vía telefónica se deben realizar exclusivamente en los siguientes horarios:
Jornada diurna: 9.00 a 11.00 horas.
Jornada vespertina: 17.30 a 19.30 horas.
(art. 29)

Para acceder a las estanterías, el usuario deberá dejar su mochila o bolso en los lockers.
No está permitido el consumo e ingreso de alimentos, bebidas y café a la biblioteca.
(art. 15)

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