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Aunque el sistema ha logrado funcionar en sus aspectos más simples, lo ha hecho en condiciones precarias para la especialización y la reinserción social, sumando innumerables problemas y más de alguna tragedia que le ha costado la vida a varios jóvenes en recintos de custodia estatal. Cerrar la brecha entre las actuales condiciones de funcionamiento, los ambiciosos objetivos que se pretenden con la Ley y las exigencias sociales a las que está sometida, sólo será posible con mayor inversión pública, con ajustes razonables a nivel legal, con una decidida apuesta por la especialización de todos los actores judiciales y con una profunda reforma al SENAME. Todos estos elementos deben ser parte de una nueva etapa que coloque a la LRPA a la altura de las exigencias de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la experiencia de otros países. En definitiva, una etapa que tenga como meta construir una justicia juvenil de primer nivel. En cuanto a la LRPA, debiera revisarse su enfoque político-criminal para fortalecer la opción por un sistema especial y diferenciado del sistema penal de adultos, con una más clara orientación hacia la integración social de los adolescentes como la forma más justa y efectiva de enfrentar la delincuencia juvenil y dar protección a la sociedad. En esta revisión, un punto clave dice relación con el uso de la internación provisoria, ya que 9 de cada 10 adolescentes que fueron sometidos a tal medida, no fueron condenados a una sanción de encierro, violando el principio de proporcionalidad, hacinando las cárceles de menores y afectando sus ya escasas oportunidades de integración social. Con la misma decisión que otros sistemas de justicia juvenil comparados, la LRPA debiera potenciar la mediación penal como alternativa al proceso y la pena. Además de la reparación del daño sufrido por las víctimas -mayoritariamente afectadas en su propiedad-, las menores tasas de reincidencia y el menor efecto negativo y desocializador sobre el joven comparado con las sanciones formales, debieran ser motivo suficiente para abrirle un gran espacio dentro de la justicia juvenil. A diferencia de la actual situación de los centros y programas, no resulta indiferente para el cumplimiento de los objetivos de reinserción social de la LRPA, el asegurar una oferta real de programas socioeducativos y de integración social. Entregar herramientas y oportunidades efectivas para que los adolescentes puedan desarrollar libremente sus proyectos de vida sin recurrir al delito, respetando los derechos y libertades de las demás personas, debe constituirse en una prioridad con el consecuente compromiso institucional y presupuestario. Concordante con este punto, resulta clave fortalecer la eficacia y credibilidad de las sanciones en el medio libre, como los servicios en beneficio de la comunidad y la libertad asistida, que son el eje central de cualquier justicia juvenil moderna y la base para garantizar la excepcionalidad del uso de la cárcel. Para alcanzar estos objetivos se debe complementar el sistema con una Ley de Ejecución Penal Juvenil que establezca todos los derechos y deberes de los jóvenes condenados, los mecanismos para prevenir y reprimir arbitrariedades, los estándares de calidad de los programas de intervención socioeducativa y de inserción social, y las condiciones que deben cumplir los centros privativos de libertad. A nivel organizacional, una debilidad estructural que presenta la LRPA es la falta de un sistema de justicia especializado, diferente del sistema judicial de adultos. Impulsar la creación de Tribunales y Fiscalías especializadas, apoyar a la Defensoría para que del 70% pase al 100% de atención especializada y exigir la implementación de programas permanentes de capacitación, no sólo sobre aspectos jurídicos, sino sobre psicología del adolescente, criminología, programas de intervención, etc., resulta de la mayor relevancia para una correcta aplicación de esta Ley. Enfrentar estos y otros desafíos -como la reforma al SENAME o una nueva legislación de protección de derechos del niño- es sin duda, la mejor manera de conmemorar el 20° aniversario de la vigencia en nuestro país de la Convención sobre los Derechos del Niño". Esta columna será publicada en la Revista Derecho & Noticias de agosto, en su nueva versión digital. |
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3 años de la nueva justicia juvenil: balance y desafíos
Por Gonzalo Berríos Díaz. Abogado Jefe de la Unidad de Defensa Penal Juvenil de la Defensoría Penal Pública y profesor del Magíster de Derecho Penal de la Universidad Central de Chile.











"Los más de 3 años de funcionamiento que lleva la Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente (LRPA) representan un tiempo razonable como para hacer un balance sobre sus aciertos y errores, plantear algunos de sus desafíos y proponer algunos ajustes consistentes con ellos. No debe olvidarse que la LRPA fue impulsada bajo "condiciones mínimas" de implementación, definición en sí polémica, pues estas condiciones no eran siquiera mínimas, sino insuficientes para un importante grupo de ciudadanos. De ahí que casi por definición, el futuro de la justicia juvenil pase por la imprescindible introducción de mejoras y cambios que permitan alcanzar las "condiciones óptimas" para el logro de sus fines garantistas, responsabilizadores y de integración social.