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Viernes 22 de Noviembre de 2013

Proceso de postulación becas de reparación: Beca Valech Titular y beca Valech Traspaso 2014

La postulación a beca de reparación 2014 se realizará a través del sitio www.becasycreditos.cl entre el 20 de noviembre y el 24 de marzo 2014.

Imagen foto_00000002Beca Valech Traspaso

El Departamento de Ayudas Estudiantiles del Ministerio de Educación, con el fin de generar mayor claridad en el proceso de asignación del beneficio educacional Contemplado en la Ley N°19.123, para el año 2014 informa lo siguiente a través de la Dirección de Vida y Apoyo Estudiantil de la Universidad Central:

Características generales

Esta beca se encuentra normada por la Ley N° 19.123 y está destinada a los hijos – hasta los 35 años de edad - de las personas declaradas víctimas de violaciones a los Derechos Humanos o de violencia política, de acuerdo a lo establecido por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Además, se extiende el beneficio para aquellas personas beneficiadas de la Ley N° 19.965, hijos de víctimas de delitos subversivos cometidos durante el período.

Monto del beneficio 

El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 por la institución de Educación Superior, al Servicio de Información de Educación Superior, SIES (mayor información en www.mifuturo.cl).

Para el resto de las instituciones de Educación Superior (Universidades Privadas, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica), la postulación debe realizarse en Junaeb (mayor información en www.junaeb.cl )

DESCARGA LOS REQUISITOS AQUÍ Imagen foto_00000003

 

Beca Valech Titular

Considerando la Ley Nº 19.992, la cual regula los beneficios de reparación propuestos por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, y el Reglamento que rige el otorgamiento del beneficio educacional contemplado en dicha ley, el Departamento de Ayudas Estudiantiles informa lo siguiente, con el fin de generar mayor claridad en el pr1) Características generales:

El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley N°19.992, así lo soliciten, ya sea en Universidades del Consejo de Rectores, Universidades Privadas, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica que cuenten con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación.

El beneficio educacional puede hacerse efectivo en carreras profesionales con planes regulares de estudios, conducentes a título profesional o técnico de nivel superior, según lo informado por la Institución de Educación Superior en la Oferta Académica 2014, entregada al Servicio de Información de Educación Superior, SIES (mayor información en www.mifuturo.cl ).

Este beneficio no podrá hacerse efectivo en carreras o programas a distancia; carreras semi presenciales o programas especiales de titulación. Por lo tanto, si la Institución de Educación Superior informa dentro de su Oferta Académica 2014 carreras con planes especiales, estas no serán consideradas para hacer efectivo el beneficio. Además, de acuerdo con lo establecido en el Dictamen N° 062306N08 emitido por la Contraloría General de la República y publicado en el sitio web www.contraloria.cl, a partir del 31 de Diciembre de 2008, los beneficios educacionales que se concedan por medio de la citada ley, no pueden ser utilizados en el financiamiento de programas de postgrado, entendiéndose como tales los conducentes a los grados de Magíster o de Doctor.

Monto del     beneficio

El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 por la institución de educación superior, al Servicio de Información de Educación Superior (SIES).

DESCARGA LOS REQUISITOS AQUÍ Imagen foto_00000003