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Martes 24 de Mayo de 2016

Natalia Bozo: la eterna espera, una legislación que erradique la violencia contra la mujer

Por Natalia Bozo Carrillo, socióloga, investigadora del Centro de Estudios Sociales de la (CESOP) de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Central. Publicada el El Ciudadano; El Dínamo y otros medios on line.

La situación de Nabila no ha dejado indiferente a la ciudadanía. La consternación de toda la sociedad chilena por tal acto brutal contra esa mujer ha sido total, y lamentablemente, ha sido este caso una "ventana de oportunidad" para levantar nuevamente el tema respecto a la protección de los derechos de las mujeres e interpelar al Estado por un verdadero cambio social y legislativo en esta materia.

Resulta imperioso incluir en la agenda del gobierno actual, una Ley que ampare a las mujeres de nuestro país, no solo bajo la modalidad de la Ley N° 20.066 "Violencia Intrafamiliar", sino que partir de una propia reglamentación para "prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer" en Chile.

¿Es necesario que exista otra Nabila, otra Juliana Aguirre descuartizada por su pareja y arrojada en partes al río Mapocho, u otra Stefanía, a quién le cortaron su mano izquierda a causa de una pelea vecinal? ¿Qué debe suceder para que el Estado actúe respecto a la situación de violencia que viven miles de mujeres a diario?

El Boletín Estadístico del año 2015 de la Fiscalía Nacional de Chile, indica que un 78% (102.517) de las víctimas de violencia intrafamiliar son mujeres, frente a un 22% (28.994) de hombres. De este porcentaje se registran 5.775 niñas menores de 18 años que sufren violencia intrafamiliar. ¿Qué pasará con las niñas y adolescentes que se están formando en nuestro país? ¿Permitiremos que crezcan desamparadas de una ley que castigue a los agresores, o de leyes que no les permitan decidir sobre sus cuerpos?

Han pasado 10 años desde la ratificación de Chile en la "CONVENCION DE BELEM DO PARA" de la OEA, la cual en el Capítulo III "Deberes de los Estados" en el inciso C establece que los Estados deben "incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso; (...)."

No es posible que solo se considere la violencia contra la mujer encamarada en el contexto de "violencia intrafamiliar", porque el debate gira mucho más allá de eso. Hoy en día a las mujeres se les violenta primero por la situación de desigualdad de género, dado por un sistema de relaciones de poder. Por consiguiente, el ser mujer en este país te sitúa en una posición de desventaja, pero a eso, debemos sumar otros aspectos que suman a la condición de vulneración: las mujeres indígenas, ancianas o niñas, con discapacidades, refugiadas, pobres e indigentes, recluidas en instituciones, entre tantos otros casos.

Tenemos el derecho de vivir una vida libre, ejerciendo el goce y reconocimiento de nuestros derechos, y esto precisamente aplica a la libertad que poseemos para disponer de nuestros cuerpos, los que han sido invisibilizados y negados desde la política que no acepta la idea respecto de legislar por ejemplo, sobre el aborto terapéutico, deuda histórica hacia el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, los que apunta a disponer sobre nuestra autonomía.

Es necesario ser educadas libre de estereotipos, de comportamiento y prácticas culturales fundadas en pensamientos retrógrados y de subordinación, ya no se trata solo de sensibilizar el tema, esta vez no queremos más silencio ni mutilaciones, es hora de alzar la voz y apoderarnos del espacio que nos corresponde en esta sociedad, impulsando jurídicamente una Ley que erradique la violencia contra todas las mujeres.