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Viernes 6 de Mayo de 2016

De la seguridad jurídica y de los pescados


Por Agusto Cavallari Perrin, académico Facultad de Derecho Universidad Central de Chile

Hace pocos días la Corte Suprema ratificó desafuero del senador Orpis, con lo cual queda suspendido de su cargo. Y nadie duda que lo que hizo fue incorrecto: recibir dinero a cambio de contribuir a dictar una ley tal como la quería su contribuyente. Pero será que algunos están hipersensibles ¿o será que como se trata de pescados (de cuotas de pesca), que el asunto parece más hediondo de lo que es? Y la conclusión es que no debemos afectar a quien tocan los pescados si aplicamos el principio.

Porque aquí nadie debe cuestionar el principio ni la ley, porque la ley es la ley y los principios son los principios. El principio del que hablo es la seguridad jurídica y la ley es de pesca (la sinonimia es coincidente, y, a la vez, hermosa). La seguridad jurídica, al decir del desaparecido maestro Jorge Millas es el único principio puramente jurídico, los restantes tienen un sustento meta jurídico o, como diría Von Liszt, trascendentales. Y se afirma, de este modo, que la seguridad jurídica, como institución se basta a sí misma. Y con eso no hay más que hablar, porque todo está dicho. En esta línea, se ha concluido, que la ley de pesca, aunque se cometieron delitos para auspiciarla, debe ser respetada porque es la ley y porque contradecirla significa discutir el sagrado principio de la seguridad jurídica. Incluso otro personero, declaró que se va de Chile porque no hay seguridad jurídica.

Nuevamente la ley es sagrada y el principio lo confirma. Pero las leyes nunca han sido sagradas, son actos relevantes del Estado que están al servicio de la persona humana (no de unas personas en particular, sino de la comunidad toda. Y la seguridad jurídica es uno entre otros principios que coexisten en el ordenamiento con otros principios. Como el principio de legalidad, el debido proceso e incluso el de dignidad humana. Menciono este último, porque resulta indigno –o atenta la dignidad- de los destinatarios de un norma, en caso que no puedan dejarla sin efecto, porque eso afecta la seguridad jurídica de los pocos que se benefician con ella. O sea, la seguridad para unos pocos vale infinitamente que la dignidad de la comunidad entera. Esto, por otro lado, representa una vergüenza de rango internacional, ya que nos exhibe como un ordenamiento jurídico que instala leyes ilícitas que no pueden tocarse porque eso contradice un principio que beneficia a los que contribuyeron con dinero a la ilicitud. Es decir, se trata de la sinrazón expuesta como argumento o, si se quiere una pseudo razón vale más que todas las realidades y, en un plano jurídico, que los otros principios.

Por último, puede concluirse que nuestro país no se desarrollará (y el desarrollo de un país no es solamente un tema de índices económicos, como bien lo saben en la OCDE), si no respetamos la licitud que debe exigirse y con la que debe surgir todas nuestras instituciones. Si no, cualquier precio vale (aun respetar los efectos los delitos de un delito de cohecho) amparado en el indiscutible –y francamente discutible- postulado de la seguridad jurídica. Los pescados, no deben ser retirados de las manos a las que llegan y esto es el principio.